Rodolfo Méndez Q.
Economista, consultor académico e investigador independiente
Introducción
Entre los muchos problemas que encuentran los interesados en abordar la experiencia del nacimiento, desarrollo y colapso del socialismo soviético, se encuentran aquellos que como lo dice el encabezado de estas notas, se refiere a los “fundamentos teóricos” de este suceso histórico. Pero con el agravante de que, si se revisa la abundante información disponible sobre el tema de este colapso, el problema del análisis de la sustentación teórica sobre la que se suponía descansaba la institucionalidad soviética es el menos tratado.
El asunto en cuestión radica en encontrar no solo el mejor método de interpretación del problema, sino en identificar, entre la inmensa maraña de información disponible, aquellos contenidos ‒no muy abundantes, por cierto‒ pertinentes al asunto tratado.
Asuntos de investigación que, por sí mismos, aunque exijan la utilización de lo mejor de las metodologías de investigación positivistas, en realidad, al ser ya conscientes los estudiosos de las limitaciones y carencias del positivismo y sus múltiples adaptaciones, nos obligan a basarnos en los instrumentos analíticos del pensamiento dialéctico moderno. Precisamente porque, sin ellos, volveríamos a quedar atados a ese obsoleto arsenal del neoempirismo, el funcionalismo, los analíticos o el neopositivismo y sus múltiples y cuestionables variaciones, de los cuales glosamos no tanto sus posibilidades como sus insuficiencias analíticas.
Si aún hoy en día la experiencia de las formidables revoluciones inglesa y francesa de los siglos XVII y XVIII es objeto de minusvaloraciones intencionadas y deformaciones grotescas de su significado en la historia, ¿qué no decir de un intento de sustituir todo lo precedente por algo radicalmente nuevo, sin clases sociales? ¿Y, además, que colapsó en su “primer” intento, después de apenas setenta años de haberse instaurado en 1917?
Vamos, por tanto, a optar por una aproximación abierta, revisando el cuerpo principal del sistema de leyes teóricas que habrían inspirado la experiencia soviética, por lo menos tal como lo presentaba la literatura institucional y sus promotores académicos y defensores oficiosos. Y, por supuesto, lo que se puede deducir de un análisis crítico en estos momentos de la historia, a más de tres decenios del hundimiento, y a más de cuatro de la reconversión china a la economía de mercado privada, aunque, en este caso, todavía con una significativa presencia del sector público en la socioeconomía.
Sobre leyes y principios
Aunque, de entrada, como se verá en su lugar, podríamos indicar que el comportamiento del poder político comunista y la propia realidad práctica de ese sistema social, allí donde existió, permiten detectar no pocas veces otra realidad, incluso a contravía de la sustentación oficial. Porque el socialismo, en lo que se refiere a su basamento estructural más profundo, comparte con modos de producción anteriores y, en relación directa con el capitalismo, leyes comunes a ambos sistemas de producción. Igual consideración debe tenerse en cuenta respecto a cierta comunidad de principios entre el capitalismo moderno y formaciones sociales anteriores a este, por ejemplo, el feudalismo. Por ende, también entre el socialismo y modos anteriores al propio capitalismo.
Aunque, después de revisar las leyes económicas comunes al socialismo y a anteriores modos de producción, abordaremos ya específicamente, dentro del socialismo, lo atinente a su llamada “economía política”. Las diferencias de principio entre la economía política marxista y la economía política clásica no son obligatorias de tener en cuenta en esta primera aproximación, aunque, por supuesto, deberían ser identificadas a la hora de una conceptualización integral de la teoría socioeconómica que incluya como antecedentes los dos cuerpos de pensamiento antedichos. Pero son niveles no considerados en este trabajo.
El concepto mismo de “ley económica” es la puerta de entrada a la problemática que nos interesa en esta parte de la investigación (1). El concepto de “ley económica”, como sabemos, está ligado al nacimiento mismo de la sociedad humana, cuando el acto de “trabajar” se constituyó en el mecanismo delineador de la evolución social. Sapiens es efecto y causa, al mismo tiempo, del acto de trabajar (2).
Tanto los teóricos iniciales de la economía política clásica, como los padres fundadores de la economía política marxista, así como los neoclásicos, keynesianos, poskeynesianos y posteriores, comparten el concepto de “ley económica” como aquella que rige los procesos de producción, distribución y consumo de bienes y servicios, pues la definición misma de “ciencia económica” descansa en tales presupuestos. Se advierte, entonces, cierta comunidad de principios entre socialismo y capitalismo en esta materia. Sin embargo, a partir del desarrollo conceptual aplicado de “ley económica” aparecen ya diferencias entre los estudiosos según su ubicación ideológica.
La economía política del socialismo debió alcanzar todos aquellos procesos sociales que involucraron la economía, la sociedad y la política. Pero dada la tremenda cobertura que significan los tres ámbitos mencionados, dicho cuerpo de leyes, los de la teoría de esa economía política en particular, más su reflejo en el orden jurídico normativo civil, debió alcanzar todos los intersticios de la vida de los pueblos cobijados como socialistas. Si dicha condición integral tan colosal constituye una propiedad necesaria y conveniente de la formación histórica del socialismo, aún del avanzado como ellos presumían, es un tema que se debe considerar muy seriamente en el futuro, pues cuando el capitalismo reinante agote sus posibilidades históricas y deba ser sustituido, que sepamos o imaginemos, no existe otra forma social posible que no sea la de que toda la sociedad, actuando como colectivo, se haga cargo de su propio destino. Y eso sería ya socialismo.
Nacimiento de la ley como proceso real
Este tema es abordado por los historiadores de las ciencias jurídicas principalmente, cuando les interesa el asunto. Pero nosotros no nos referimos a estas ciencias en cuanto tales.
Ya conocemos la relación “causa-efecto” entre el acto de trabajar y ley económica. Y de allí se desprende que toda práctica social ha implicado siempre la presencia de leyes económicas. Por tanto, las leyes se manifiestan a través de la actividad socioproductiva real. Y, desde que hay sociedades de clases, es decir, después de la invención de la agricultura, las leyes económicas siempre han dejado translucir un trasfondo clasista, o algo parecido a ello. Por supuesto, cuanto más retrocedemos en el pasado, el concepto de clase va cambiando de forma, simplificándose en gran medida; pero, desde que hay diferenciación social, ha existido una constante que respalda esta idea: la explotación del trabajo humano de unos en beneficio de otros.
Nunca han existido ni existen ahora leyes económicas neutras, aunque cierta relatividad de su operancia es reconocible. Pero la imposibilidad de esa neutralidad se deriva de su propia naturaleza. “Ley” tiene que ver con coacción, con fuerza, con presión para la obtención de algo en el ámbito social.
Las leyes primigenias que se configuraron en el tránsito de los presapiens a los sapiens, a lo largo de varios millones de años, ¿eran “leyes” tal como aceptamos hoy este concepto? Es decir, ¿como relación obligatoria y condicionante? Dentro de una concepción ya tan acotada, probablemente no. Pero, en esencia, si las fuerzas que determinaban el proceso autotransformador de la relación hombre-naturaleza fueron las que condicionaron la evolución hacia el sapiens como tendencia dominante hasta el “hoy” de la evolución humana, se confirma la racionalidad del concepto actual de ley y su aplicación, incluso, a épocas tan lejanas. Claro, mutatis mutandis.
En la paleoantropología (económica) se debe discutir si antes de las sociedades de clase operaban ya leyes económicas con cierta carga “determinista”. Es posible que así fuera en grupos que se desprendían de las ramas de primates en proceso de transformación en el África inicial. La evolución biológica hacia el sapiens, en el marco de una evolución social primitiva, solo debió de ser posible mediante procesos sociales de acciones gregarias repetitivas de ensayo y error, que fueron decantando aquellas que garantizaban la continuidad exitosa de los presapiens hacia los sapiens, antes que acciones que condujeran a la destrucción de los grupos en movimiento. Hoy sabemos que tales eventos de desaparición sí ocurrieron, con la extinción de linajes enteros de esos seres primitivos. Por allí debe situarse el origen de la formación inicial de las primeras leyes económicas.
Por supuesto, las leyes económicas aparecen, cambian e incluso se esfuman, porque son históricas. Pueden clasificarse en “generales”, comunes a todas las formaciones sociales, como la del trabajo o la de la producción; “específicas”, propias de determinados modos de producción, como las del esclavismo; o “particulares”, propias de los modos modernos, como la de la plusvalía en el capitalismo. Estos términos ayudan en el estudio, pero no deben entenderse como una camisa de fuerza metodológica.
Ley de la producción
En rigor, aquí topamos con la unidad causa-efecto del acto de trabajar. Una cosa es el concepto de ley económica en general, como referente histórico-universal, y otra es su desenvolvimiento práctico en cuanto ley de la producción, pero ya como referente histórico-concreto.
En verdad, es decir, en esencia más que en forma, lo que hizo que el género Homo apareciese fue la dinámica de la evolución natural de base darwiniana, sí, pero considerando que, con el transcurrir del proceso a lo largo de centenares de siglos, se gestara, configurara, reconfigurara y complejizara aquel desarrollo tan formidable de la materia llamado “conciencia humana”. Ello solo es posible ‒y meramente por ello‒ mediante esa interactuación constante y contradictoria con la naturaleza, que termina evolucionando hacia la “conciencia” (para sobrevivir, por supuesto), cumbre alcanzada únicamente por nuestra especie, pero trascendiendo de manera cada vez más firme los meros condicionantes naturales. Independizarse del control y de los límites de la naturaleza es, precisamente, el resultado del acto consciente de trabajar. Solo el sapiens trabaja. Es la relación contradictoria conciencia-trabajo, en cuanto relación de transformación y autotransformación de la naturaleza; y, al ser parte de ella, somos al mismo tiempo sujeto y objeto. En eso consiste, precisamente, la ley de la producción, como figura abstracta. En tal sentido, es una ley eterna (mientras alguna inteligencia artificial no se haga cargo del asunto, podría alguien pensar), porque no tenemos que aceptar a la ligera, y con un cierto pesimismo religioso, la simplista idea de que la especie humana tendría fin en algún momento del futuro.
Visto así el asunto, la producción se expresa en concreto como “trabajo”. Por ello, se puede hablar entonces de una “ley del trabajo”, como aquel proceso consciente de modificación de la naturaleza conducente a la creación de bienes materiales. Y, mientras exista la necesidad de trabajar para vivir, ella seguirá existiendo. Empero, como es sabido, al tiempo que el trabajo es fuente de libertad, constituye también una forma de esclavitud y fuente de alienación, por lo menos en las sociedades de clases; ello es claro. Por tanto, en principio, no tendría por qué ser eterno. Si observamos los pasmosos desarrollos de la inteligencia artificial, vemos cómo cada vez asume con mayor amplitud y versatilidad funciones humanas del trabajo. Es un proceso creciente. Por lo anterior, la insistencia de la institucionalidad soviética en una supuesta eternidad del trabajo es cuestionable.
Dejando de lado referencias históricas a los orígenes de estos asuntos, y llevada la discusión al fenómeno moderno, recordemos solamente los siguientes atributos propios de la producción capitalista: toda actividad productiva presupone en sí misma el acto de trabajar; además, los objetos de trabajo y también los medios de trabajo. Los dos últimos constituyen los medios de producción. ¿Cuáles son los componentes estructurales de la producción? Por un lado, las fuerzas productivas, en cuanto relación concreta sociedad/naturaleza; y, por otro, las relaciones de producción, en forma de relaciones de los hombres entre sí. Por tanto, tal como es bien conocido, la unidad contradictoria entre fuerzas productivas y relaciones de producción constituye la importantísima categoría del “modo de producción”. Este concepto es un fino instrumento teórico para caracterizar un régimen social. Ya en lo específico, todo régimen social supone un proceso de producción particularizado, un mecanismo de distribución y otro de consumo y cambio, en las sociedades que usan el dinero; en todas, pues, hoy en día.
Quedaría pendiente un proceso inherente a todo modo de producción existente o que haya existido: ¿cómo era su mecanismo de reproducción? Dada su importancia, debería tratarse posteriormente en un apartado sobre la ley de la reproducción, porque esta ley es común tanto al socialismo como a regímenes anteriores.
Buena parte de lo anterior constituye elementos de las primeras lecciones de la teoría de la economía política, que pueden estudiarse en detalle en cualquiera de los muchos textos disponibles. Se trata de armazones básicos que fueron adoptados sin restricciones por la institucionalidad soviética, porque se refieren a concepciones generales formalizadas de manera tan clara, convincente y sólidamente argumentada que su incorporación a un ideario institucional ‒en el orden teórico, pero también importante en el nivel legal interno, empezando por el constitucional‒ no debió presentar dificultades. Presumiendo, además, que su asimilación “cualitativa” en el socialismo soviético era un hecho consumado, precisamente porque se vanagloriaban de que eran las piezas normativas maestras del nuevo orden socialista, que, después de la Segunda Guerra Mundial, terminó llamándose “sistema socialista”, e incluso “sistema socialista mundial” cuando se incorporó China en 1949, así como otros países, como Vietnam.
Valor, ley del valor y correlacionables
La concepción corriente del término “valor” como cualidad de apreciación de algo o como la importancia que se le atribuye a una cosa tiene su peso dentro del sentido común. Sin embargo, la carga subjetiva tan visible de esta definición dificulta sobremanera una comprensión que descanse en algo más sólido, ajeno al terreno tan frágil y mudable que comporta una definición tan emocionalmente personal como la que se acaba de presentar. Por tanto, como en economía política se trata precisamente de encontrar fundamentos firmes y menos variables, la dialéctica plantea el trabajo como base más estable de la concepción de valor, sin que ello signifique una invariabilidad indefinida hacia el futuro. Pues la teoría de la economía política también es histórica, y sus principios y basamentos ideológicos no tienen por qué ser eternos.
Pero ya en forma de “ley del valor” que es como se debería entender este asunto, la comprensión de los interrogantes sobre el tema “valor” se aclaran de mejor manera. Por eso es que la institucionalidad académica soviética al ligar la concepción de “valor” solo al trabajo materializado en la mercancía, dejó sin responder una pregunta clave: ¿entonces las cosas concretas que lograba el trabajo humano antes de la aparición de la mercancía, carecían de “valor”?
Resulta que el proceso evolutivo hacia el sapiens consumió millones de años, exigiendo la creación, por ensayo y error, de formas novedosas de hacer las cosas, cambios de procedimientos y uso de materiales, además de adecuaciones de la propia naturaleza humana a necesidades específicas, que fueron imprimiendo un determinado sello en el proceso conjunto de la evolución biológica y la evolución social, configurado a lo largo de esos millones de años. Por supuesto, hoy sabemos que los saltos específicos en las formas concretas de los medios de producción solo se dieron después de milenios de uso de los mismos instrumentos, dado lo extremadamente incipiente del conocimiento tecnológico, unido a una rudimentaria conciencia primitiva, que no podía tener la impresionante capacidad de abstracción y generalización que poseemos hoy en día.
Eso explica, por ejemplo, que la técnica primigenia de fabricar hachas de piedra no sufriera modificaciones sustanciales durante milenios del Neolítico en muchas culturas. Pero, eso sí, tales actividades deben caracterizarse ya como trabajo, el cual, con seguridad, exigía algún tipo de conciencia ‒por elemental que fuera‒ para ir sacando a esos seres, de manera cada vez más creciente, del mero condicionamiento del instinto natural dominante que compartíamos con los otros primates de esos tiempos.
¿Cómo calificar, en general, para épocas tan lejanas en el pasado, ese logro social de hacer cosas útiles para la comunidad, aunque solo fuesen de uso individual? No se creaban productos todavía para intercambiarlos, sino para su utilización inmediata, ya que, durante generaciones, en los millones de años anteriores a la agricultura, esos grupos debieron ser móviles, trashumantes. Aunque hoy sabemos que determinados grupos de homínidos, merced a condiciones ecológicas benignas, habitaron ciertos hábitats africanos por largos períodos de tiempo. El mismo trueque elemental debió aparecer mucho tiempo después de haberse escindido nuestra rama de los primates iniciales. Ningún simio hace trueque. El arte de almacenar cosas en grandes cantidades para utilizarlas después tampoco debió de ser un hábito frecuente en comunidades nómadas. Solo la invención de la agricultura, con su exigencia sedentaria, permitió crear condiciones para almacenar bienes y, por tanto, para empezar a intercambiarlos. Por supuesto, esta idea no puede aceptarse de manera absoluta y tajante: debieron existir largas intermediaciones.
Por tanto, a la condensación de la actividad de modificar la naturaleza de manera concreta, aprendible, repetitiva y capaz de producir cosas útiles (e, incluso, a veces nuevas), a ese fenómeno lo llamamos “trabajo”; y lo producido, para calificarlo en general ‒es decir, todo lo que resulta de ello, pero no como mera aglomeración de cosas físicas, sino como capacidad de, como atributo de, como resultado acumulado de‒ es lo que se abstrae como “valor”.
Debemos encontrar un término genérico que permita identificar, en abstracto, ese inmenso acumulado de cosas que, desde los presapiens, se empezaron a producir para sobrevivir. Así, el trabajo es simplemente la concretización del valor, y crear valor es la propiedad fundamental del acto de trabajar, porque solo la actividad colectiva humana permite generar la capacidad de valorizar. La “mercancía” apareció solo millones de años después. Cuando el proceso de trabajar se aprende y se transmite generacionalmente ‒única forma de que el colectivo pudiera sobrevivir, al garantizar la continuidad en el uso de procedimientos y características comunes a grupos cada vez más numerosos (no habrían sobrevivido los grupos primitivos si la tasa de defunciones hubiera sido mayor que la tasa demográfica)‒, es decir, cuando la gregariedad se convierte en un fenómeno colectivo continuo, ello pasa a ser factor causal del surgimiento de las premisas para que, más adelante, apareciese el trabajo abstracto.
Todo fue precedido, entonces, por el trabajo concreto, y este, a su vez, debió ser antecedido por millones de pequeños saltos que, a través de miles de intermediaciones acumulativas ‒donde la unidad de lo cuantitativo y lo cualitativo era la nota dominante del proceso‒, permitieron el paso de los homininos/homínidos al sapiens. “Trabajar” tampoco apareció de manera repentina entre los primitivos.
Por supuesto que existió un conjunto países que se regían por leyes económicas especiales tanto en la producción como en la circulación de bienes, lo que quiere decir que la economía de dicha colectividad de naciones o pueblos descansaba en un entramado particular de leyes económicas que, se suponía, determinaban tanto la creación de valor como el destino del plusvalor logrado, la gestión planeada de la producción real y una organización sociopolítica racional, en función de objetivos predeterminados. Todo ello era posible, así se sostenía, porque el sistema se sustentaba en un principio fundacional clave: la propiedad social sobre los medios de producción. Tal juicio era la cimentación teórica del sistema.
Por tanto, la ley del valor si está ligada al aparecimiento de la mercancía, pero la presencia de algo nuevo, valioso por lo útil, con valor en cuanto proceso colectivo, ya estaba allí desde mucho antes de la presencia en la historia de la mercancía. Por tanto “trabajo abstracto” es el calificativo genérico que se le da al trabajo humano cuando al ser propiamente social, sus frutos se pueden intercambiar gregariamente hablando, en forma de artículos concretos mediante algún mecanismo que logre esa necesaria equiparación entre un bien y otro, para poder ser cambiado. En ese contexto, lo determinante debió ser el condicionante objetivo y no el subjetivo. Entre comunidades diferentes lo objetivo primaba como criterio de cambio. Lo subjetivo debió estar en la confianza del acercamiento seguro entre humanos de grupos diferentes. Esa homologación implícita es lo que permite que diversas formas de trabajo concreto se transformen en trabajo abstracto, por su origen como factor causal y como cualidad abstracta en su resultado final.
De este modo, se han ido creando, desde hace miles de siglos, diversos juegos de contradicciones. La primera es la que surge entre el valor en sí mismo y su expresión concreta y tangible como objeto que presta un servicio, es decir, como “valor de uso”, como objeto útil que satisface una necesidad producto de determinado trabajo concreto. Al mismo tiempo, para crear “valor”, esos presapiens o los primeros sapiens que lo intentaron debían autovencerse, consumiendo tiempo, gastando energía y desgastándose fisiológicamente al buscar materiales en la naturaleza y ensayar procedimientos. En verdad, entonces, el “valor” es la expresión de una íntima contradicción consigo mismo. Valor versus valor es el núcleo inicial de tal dinámica, pues, para transformar la naturaleza, hay que vencer la oposición inercial de sus propios componentes naturales, así como la inercia del propio homínido o sapiens que intentaba domeñarla. Porque, como todo ser vivo, tiende a la autoconservación como sistema, gastando la menor energía posible. Desde esos tiempos lejanos, todo valor nuevo logrado, al serlo como tal, implicaba la negación de la situación anterior de los elementos naturales que componían tanto al homínido como al entorno, los cuales oponían una determinada resistencia al cambio.
Aunque, por otro lado, en un marco más amplio, el movimiento propio de la realidad objetiva ‒en este caso, la naturaleza‒ la condujo, a lo largo de eones, a alcanzar formas inimaginables, entre ellas la más compleja: la vida. Y sin vida no habría aparecido nunca el trabajo. Por eso, el famoso principio no debería denominarse “antrópico”, sino uno más general, el “gweitrópico”, pues la raíz lingüística indoeuropea gwei podría resultar más abarcadora que la del griego/latín de donde proviene la noción de lo antrópico.
En resumen, la aparición del valor presenta una doble contradicción: la del valor consigo mismo y la de este con su opuesto, como valor de uso. Para que este último se transforme en mercancía, es necesario que el trabajo se convierta en “trabajo abstracto”, pues solo el colectivo posee la capacidad de crear la necesaria equiparabilidad entre bienes para poder intercambiarlos, sea inicialmente en forma de trueque simple o mediante otros bienes aceptados como equivalentes, posibilidad surgida de la práctica del ensayo y error. ¿De qué otra forma pudo ser? Con el tiempo, se fueron utilizando bienes equivalentes, como el ganado u otros de fácil manipulación, hasta llegar al dinero como equivalente universal, pero solo cuando aparecieron sociedades mercantiles.
El esquema anterior, cuyos elementos fundacionales fueron delineados por los maestros clásicos, fue asumido por la institucionalidad académica soviética, excepto la glosa señalada. Se acepta, además, que todo el largo y complejo proceso mencionado descansa en la necesaria interdependencia entre los seres humanos involucrados.
Esa interdependencia, que podríamos decir constituye el “ethos” de lo colectivo, es lo que permite alcanzar la figura del trabajo abstracto y, por ende, del valor. Las configuraciones históricas del valor, entonces, se derivan de allí: la forma simple o casual, la total o desarrollada, la general y la forma dinero (el metálico como forma muy común), aparecida cuando el ser humano lo inventó hace alrededor de 3000 años, hasta convertirse hoy en formas, en cierta medida, semiabstractas, como los medios digitales de cambio.
Ámbito de aplicación de la economía política del socialismo
La economía política del socialismo identifica el contenido y la forma como se presenta la producción social y la manera como operan las nuevas relaciones de producción. Todo eso se expresa en forma de leyes específicas pero generales, al interior del marco del socialismo. Captadas en su correspondiente nivel de integralidad se constituyen en el sistema de leyes y principios de la socioeconomía socialista.
¿Se puede hablar de una ley fundamental, es decir, condicionante de todas las demás, dentro del socialismo? Debería ser tal que su nivel de generalidad y aprehensión de la realidad fuese el máximo posible de alcanzar. Ahora si por ley fundamental del socialismo aceptamos aquella “que expresa la supeditación de la producción al propósito de asegurar el bienestar de todos los miembros de la sociedad”, (3) y que además fue elevada al rango de norma constitucional de la URSS desde la época de institucionalización plena del régimen estalinista en los años 30 del siglo XX, pues la afirmación se puede aceptar sin reticencias en una primera aproximación. Pero si se la compara con aseveraciones de similares pretensiones en las cartas magnas de muchos regímenes liberales del mundo, el lenguaje confirma semejanzas notables. Si esto corresponde solo a otra comunidad de formas lingüísticas, aunque con estatutos políticos diferentes, se puede aceptar. Pero también es dable sostener que la formulación teórica soviética pudiera haber sido más incisiva y/o explícita en función de la pretendida consideración anticlasista del régimen político de la extinta URSS, que no era tan monocromático como intentaron presentarlo. Unanimismo político arriba, divergencias silenciosas pero vivas, abajo. Que existieron. La explicación de esta anomalía textual (y constitucional, además), que ahora sabemos no solo era formal, pudiera estar en que en esa sociedad desde la segunda postguerra (¡y aún antes!) consideraban que la estructura de clases había desaparecido completamente. Pero conocemos desde que aparecieron investigaciones especializadas, las cuales solo pudieron ser adelantadas después de la muerte de Stalin en 1953 (aportes anteriores se deben también considerar), que contradicciones y antagonismos sociales siguieron sucediendo al interior de la URSS desde su fundación, hasta el punto de que algunos prestigiosos cientistas sociales, los calificaron de clasistas. El hecho de que la posesión de los medios de producción no esté en manos privadas, no garantiza el desarrollo pleno del socialismo (4).
La economía política del socialismo debió alcanzar todos aquellos procesos sociales que involucraron la economía, la sociedad y la política. Pero dada la tremenda cobertura que significan los tres ámbitos mencionados, dicho cuerpo de leyes, los de la teoría de esa economía política en particular, más su reflejo en el orden jurídico normativo civil, debió alcanzar todos los intersticios de la vida de los pueblos cobijados como socialistas. Si dicha condición integral tan colosal constituye una propiedad necesaria y conveniente de la formación histórica del socialismo, aún del avanzado como ellos presumían, es un tema que se debe considerar muy seriamente en el futuro, pues cuando el capitalismo reinante agote sus posibilidades históricas y deba ser sustituido, que sepamos o imaginemos, no existe otra forma social posible que no sea la de que toda la sociedad, actuando como colectivo, se haga cargo de su propio destino. Y eso sería ya socialismo.
El sistema socialista como ley
De esta parte en adelante, empezamos a abordar lo que los estudiosos e investigadores institucionales del “socialismo real”, el que existió en la URSS, terminaron por denominar, “leyes teóricas o leyes fundamentales” de esa nueva formación social. Todo este aparataje ideológico quedó reflejado no solo en las constituciones de la URSS, sino en multitud de normas particulares y códigos a todos los niveles. Empero, nada de ello encontraremos ya en la normativa fundamental posterior al colapso de 1991, mucho menos en la literatura oficial de la era de Putin, en documentos claves de su época como el Concepto de la Seguridad Nacional, el Concepto de Política Exterior o el de la Doctrina Militar. Puede ser significativo, en cambio, que la literatura oficial de China de la era de Xi Jinping sí mantiene referencias directas al ideario marxista, aunque la indicación explícita de un posible futuro comunista haya desaparecido. Compruébese este juicio, por ejemplo, con la lectura de la “Resolución del CC del PCCH sobre los importantes éxitos y las experiencias históricas del partido en su centenaria lucha”, aprobada el 11 de noviembre de 2021 en la VI sesión plenaria del XIX Comité Central del PCCH. Igual conclusión, inclusive con mayor precisión, se desprende de la lectura del “Informe presentado ante el XX congreso nacional del Partido Comunista de China” del 16 de octubre de 2022 por Xi Jinping, en el cual no se hace una sola crítica explícita al capitalismo como totalidad, ni se concibe el socialismo como una transición en la historia, tal como se debía desprender de los cimientos del ideario clásico, sino que se le entiende como un “socialismo con peculiaridades chinas … por la construcción integral de un país socialista moderno”, fundamentado todo en una deseable (¿?) “chinización del marxismo”, con lo que aspiran a un socialismo plenamente desarrollado sin comunismo. Pero, ¿qué es eso? Como esto remite a un problema de principios, debería ser tratado con mucho cuidado. Empero, esto no excusa de la obligación de evaluar el “socialismo a la china” con todo el rigor que se requiera. Porque el salto al desarrollo moderno, en tan corto tiempo, hasta situarse como la segunda o primera economía del mundo a mediano plazo, es un logro formidable en la historia humana, que debe ser reconocido con toda la atención que se pueda dispensar. Aunque hubiera sido imposible sin su inmediato anterior pasado socialista.
Retomando el hilo, no tenemos prevención inicial en aceptar lo de leyes teóricas fundamentales. ¿Por qué? La presencia real de otro sistema social, que sí existió en el siglo XX como radicalmente diferente al precedente, debió exigir la existencia de leyes teóricas propias que lo sustentaran. Tal argumento ya estaba explícito en la obra de los clásicos de la economía política, tanto en la de los clásicos liberales como en la de los clásicos marxistas.
En la realidad, al aparecer y consolidarse el capitalismo como sistema dominante del mundo, este acontecimiento en sí se transformó en ley histórica. Por ello es que modernidad y capitalismo están asociados. Igual ocurre con el socialismo, el cual, al surgir y consolidarse ‒aunque solo fuera por setenta años‒, también puede calificarse como ley histórica. Porque setenta años, en el caso soviético, y treinta, en el caso chino, constituyen un tiempo suficiente para su institucionalización, al comprobar que en esos países (el caso de los países de Europa del Este, donde el ejército soviético vencedor en la Segunda Guerra Mundial impuso el régimen político comunista, debe tratarse por aparte, aunque no para calificarlo por separado) sí empezaba a configurarse otro modo de producción radicalmente diferente a cualquiera anterior, que apenas alcanzó a llegar a ese “empezaba a configurarse”…
Cabe, pues, hablar de un sistema de leyes teóricas que lo soportaban. Si se trata de un sistema de leyes o no, creemos que es más un problema retórico. Existió ese régimen en esos países, y eso es lo determinante, aunque no un régimen ya de tipo de “socialismo desarrollado”, colindante con un supuesto “comunismo”, como los epígonos del establecimiento lo pregonaban.
La historia humana está llena de numerosos pueblos y naciones que existieron con modos de producción distintos, incluso a los de sus vecinos. Piénsese, por ejemplo, en la larguísima historia trimilenaria del Indostán, con tantos pueblos poseedores de formas diferentes de producir, distribuir y apropiarse de los frutos del trabajo. Incluso en la América precolombina, la manera de trabajar y distribuir los frutos del trabajo humano fue diferente entre el Tahuantinsuyo de los incas y lo correspondiente al régimen azteca. Tenochtitlán, incluso, presenta diferencias notables en lo referente al trabajo respecto de los mayas, extintos tiempo antes de que los aztecas se alzaran como imperio. Esto muestra, pues, que la irrupción en la historia de nuevos modos de producción no es un atributo exclusivo del socialismo.
Tenemos, pues, necesidad de reconceptualizar la sistemática de las leyes teóricas que sustentaban el socialismo soviético (y sustentan el chino) en cuanto nuevo modo de producción: todo eso conformó en sí mismo una disciplina académica nueva: la economía política del socialismo. Como tal apareció en la bibliografía sociopolítica de la época. Pero cabe preguntarse hoy; ¿ese registro bibliográfico, dado lo que sucedió, pertenece ya solo al examen historiográfico? ¿O tiene importancia para un futuro posible?
Dejando de lado aseveraciones que hoy vemos como desproporcionadas y fuera de lugar, como aquella de que allí sí se formó un homo sovieticus (seres que ‒si existieron‒ se escurrieron masiva y calladamente en 1991, cuando Yeltsin, presidente de Rusia, y los entonces presidentes de Ucrania y Bielorrusia consumaron la jugada política que acabó con la URSS), lo cierto es que la reimplantación traumática del capitalismo en esas naciones “invalidó” y expulsó del escenario inmediato de la discusión teórica e institucional un amplísimo abanico de debates entonces en curso, así como una extensa literatura que circulaba en muchos países. Es decir, condujo a la marginación inmediata de una vigorosa dinámica ideológica que operaba a todos los niveles, no solo en el mundo académico. Ello ocurrió, además, al tiempo que se perseguía, aislaba e incluso se condenaba a la miseria ‒y en algunos casos a la muerte real‒ a muchísimos intelectuales que vivían de tales actividades, al suprimírseles las pensiones y estipendios de los que gozaban bajo el régimen soviético. La colosal fuga de cerebros calificados a partir de 1991 terminó favoreciendo a muchas universidades e instituciones privadas occidentales, que se beneficiaron de inmediato con la incorporación de una intelectualidad altamente preparada, con salarios ridículamente bajos. La historia se repite (¿como farsa?) o, como ya sabemos, como tragedia: la guerra entre Rusia y Ucrania desde 2022 también se tradujo, para Ucrania, en una enorme fuga de personas altamente capacitadas universitariamente, que terminan trabajando en otros países europeos por ingresos inferiores a los que conseguían en su tierra natal.
Pero ya en nuestra línea de indagación, ¿cuándo es que empiezan a regir las leyes de la economía política del socialismo?
Solo cuando la propiedad social sobre los medios de producción es la fuerza direccionante de la realidad político económica, es cuando en verdad empiezan a operar dichas leyes. ¿Pero, que mostró la experiencia histórica en la URSS, en China y en países como Vietnam, Mongolia, Yugoeslavia y otros que consideraron el socialismo como la nueva forma de organización social y política? La increíble diversidad de condiciones internas de esas naciones y pueblos dificulta sobremanera responder en profundidad tal interrogante. Pero es necesario intentarlo, y algo al respecto se hará en estas notas. Por lo menos en el caso de la URSS es pertinente. Pero, en síntesis, solo un esfuerzo colectivo multidisciplinario podría abordar el estudio de la experiencia socialista estatal intentada durante el siglo XX. Sin ello, la tendencia real de la historia humana de moverse hacia formas de organización socioeconómica y política diferentes a las del capitalismo se verá no solo distorsionada e inclusive estancada, sino que la degradación universal de este sistema social (proceso al cual no escapa China) podría conducir a una dolorosa reproducción de la historia: la cual solo se repite como tragedia o como farsa, cosa que por demás ya sabemos.
Por supuesto que existió un conjunto países que se regían por leyes económicas especiales tanto en la producción como en la circulación de bienes, lo que quiere decir que la economía de dicha colectividad de naciones o pueblos descansaba en un entramado particular de leyes económicas que, se suponía, determinaban tanto la creación de valor como el destino del plusvalor logrado, la gestión planeada de la producción real y una organización sociopolítica racional, en función de objetivos predeterminados. Todo ello era posible, así se sostenía, porque el sistema se sustentaba en un principio fundacional clave: la propiedad social sobre los medios de producción. Tal juicio era la cimentación teórica del sistema.
Aunque la asimilación práctica y de jure de la propiedad social a la propiedad estatal ‒que fue un principio rector nunca cuestionado en el orden institucional‒, ahora sí podemos apreciarla como un supuesto teórico que debe ser cuestionado. Y constituye un tremendo desafío para un posible nuevo modo socialista de organización humana.
El único intento de Estado de cuestionar tal forma de supuesta propiedad social fue precisamente el yugoslavo, bajo Josip Broz Tito, lo que constituyó una de las razones de su conflicto temprano con la rigidez estalinista. Este asunto, dentro de la URSS, elevado incluso al máximo rango normativo ‒el constitucional‒, expresa una contradicción profunda del socialismo soviético que nunca pudo resolver de cara al futuro: si el germen de un verdadero poder popular había nacido en la Rusia de 1905, bajo la forma de soviets, instaurados firmemente con la revolución de 1917 y despojados después de toda capacidad real de poder político y social por las reformas estalinistas, ¿cuándo habría sido posible que esta idea-fuerza de poder popular real, de abajo hacia arriba, propuesta por la historia en fecha tan temprana como 1905, se hubiese hecho cargo efectivo de todas las responsabilidades políticas y sociales fundamentales, pero de la nación entera? Porque, incluso en las publicaciones y manifestaciones institucionales soviéticas de la posguerra avanzada, nunca se volvió a mencionar tal idea, aunque se hablara presuntuosamente de un “socialismo plenamente desarrollado”, al cual se creía que había llegado ya la URSS en los años setenta y ochenta del siglo XX.
En su época, todo se suponía sustentado en una economía planificada, que efectivamente lo era. La presentación de tal perspectiva se concretó en el Consejo de Ayuda Mutua Económica, fundado en 1949, con su soporte político-militar en el Pacto de Varsovia, también creado en la posguerra pocos años después. Aunque agrupó no solo a los países europeos liberados del dominio alemán por el Ejército Rojo en 1945, sino también a otros de Asia, como Mongolia y Vietnam, e incluso la Yugoslavia de Tito participó como Estado asociado en 1962, además de la lejana Cuba. Es notable que la República Popular China se desvinculara completamente en 1961 del COME, a raíz de los conflictos que emergieron en ese tiempo entre la URSS y China. Su mejor momento fue en 1970, cuando alcanzó a controlar el 10 % del tráfico mundial del comercio (aun después de la desvinculación de China), aunque en 1991, cuando se disolvió la URSS, ya representaba solamente cerca del 7 % del comercio mundial.
Se suponía, empero, que tales niveles de desarrollo económico y militar coordinados eran posibles porque se trataba de grandes procesos planificados, sujetos a determinada programación previa. La interioridad de tal realidad ‒hasta qué punto era efectivamente planificada‒ quedará para los historiadores, ya que la presencia china en tal colectividad debe considerarse desde poco tiempo después de la instauración de la República Popular China en 1949 (cuando ya empezaba el COME) solo hasta 1961, cuando se produjo la ruptura entre ambos países. Y los archivos internos estatales de China aún no están al alcance de investigadores extranjeros.
Podemos resumir diciendo que la economía socialista, como sistema, se basaba, según sus gestores, en una “planeación racional”, cuyo elemento operativo era “el plan”, en la propiedad social sobre los medios de producción y en una “dirección centralizada”. Todo el aparataje descansaría en un cuerpo sistemático de leyes, las de la “Economía Política del Socialismo”, precisamente; las fundamentales, inclusive con salvaguardia constitucional. Con la salvedad, por ahora, de que debe aclararse qué fue, en la práctica, esa “planeación racional y dirección centralizada”, como la denominaban los ideólogos de tal sistema.
Se debería indagar en estos problemas, asunto pendiente de abordar no solo para los historiadores, sino también para aquellos cuerpos dirigentes políticos que se enfrenten, en otras revoluciones, a la necesidad imperiosa de planear la socioeconomía. Pero se trataría, entonces, de otra socioeconomía que trascienda a la existente. Porque el análisis pormenorizado de la Teoría Política del socialismo que existió, con todos sus defectos y virtudes que también los tuvo, es el único referente histórico real que tenemos, para visualizar problemas fundamentales en ese socialismo que funcionó. Setenta años en un caso y treinta en el otro. Y será el desafío del socialismo del porvenir, que con seguridad enfrentará el mismo dilema. ¿Qué tipo y formas de propiedad social serán las verdaderamente necesarias para esa otra clase de sociedad diferente a la existente? ¿Y cuál sería el sistema de leyes teóricas de economía política del socialismo, en que se fundamentaría tal nueva forma de propiedad social?
Referencias bibliográficas
(1) Sobre este tema, y otros tratados en este trabajo, ver lo pertinente en Rodolfo Méndez Q. Teoría del Conocimiento Dialéctico. Ibáñez, Bogotá 2021. Contenidos de este libro se utilizarán a lo largo del presente ensayo sin referencias directas a ubicaciones bibliográficas específicas por el autor.
(2) Trabajar nos transformó en Sapiens. Las investigaciones de F. Engels argumentaron esta idea con suficiente sustentación de base darwiniana. Por supuesto que existen paleoantropólogos que estiman en una sugestiva interpretación de la evolución humana, que fueron procesos internos ajenos a influencias externas, los que habrían impulsado cambios interiores en la geometría de algunos órganos y cierto desplazamiento migratorio en su ubicación relativa en el cuerpo humano, lo que por ejemplo en el caso del hueso esfenoides, habría sido el elemento interno determinante de la evolución hacia la formación del aparato fónico del Sapiens. Y no factores externos. Cualquier enciclopedia seria de ciencias sociales, aporta información sobre estos menesteres. En nuestro caso, entre tantos diccionarios de economía política y ciencias sociales disponibles, utilizaremos principalmente uno conocido en lengua castellana, el tantas veces re-editado en la segunda mitad del siglo XX, el Diccionario de Economía Política redactado por G.I. Libman, V.I. Pánchenko y A.F. Tarunin, al cual aportaron 99 académicos en su elaboración en la URSS de su época, según la pulcra edición de Akal editores de Madrid en 1975, con traducción del ruso de Augusto Vidal.
(3) “Economía Política Socialismo primera fase del modo comunista de producción”, redactado por los académicos M. Vólkov y A. Rumiántsev, con la colaboración de: T. Jachaturov, O. Bogomolov, G. Koslov, A. Pshkov, M. Azárova, A. Alexéev, M. Atlas, R. Beloúsov, V. Dokukin G. Grigorián, A. Liapin, P. Skípetrov, A. Smirnov, A. Rozhanski de la Academia de Ciencias de la URSS y I. Lukínov de la Academia de Ciencias de Ucrania. Progreso Moscú 1985. P. 5. Traducción del ruso de L. Vládov.
(4) Ver al respecto, entre muchas investigaciones aparecidas después del deshielo de 1956 cuando la dirección política de la URSS superó la inestabilidad que siguió a 1953, Las luchas de clases en la URSS (2 tomos) (1917-1923 y 1923-1930) Siglo XXI México 1979 de Ch. Bettelhein, cuyas conclusiones maestras, siguen siendo corroboradas por numerosas investigaciones posteriores al derrumbe de 1991, cuando se empezaron a abrir archivos antes prohibidos sobre la seguridad del Estado soviético. Obras actuales como Conciencia y revolución en la filosofía soviética de David Bakhyurst, Dos cuadrados, Madrid 2022; Un imperio fallido de Vladislav M. Zubok, Critica, Critica Barcelona 2008; El siglo soviético de Moshe Lewin, Crítica, Barcelona 2006, hacen determinados aportes en numerosas áreas de la experiencia soviética, aunque no consideran el problema de las leyes teóricas de la economía política del socialismo, ni siquiera como un modesto aparte en sus respectivos índices.
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